Expediente No. 460-2014 y 461-2014

Sentencia de Casación del 03/12/2014

“…Para Cámara Penal (…) la Sala respondió a la pretensión de los casacionistas en forma puntual, fundamentando su decisión; no obstante, como se reitera, advertir que la pretensión de los apelantes era la revaloración probatoria que, de conformidad con la ley penal guatemalteca al Tribunal de la alzada le estaba prohibida realizar.
Tampoco puede apreciarse que la Sala de Apelaciones haya incurrido en omisión de resolución de alegatos o falta de fundamentación de la sentencia, pues sus razonamientos los apoyó en la sentencia de primer grado, la que, constituye el referente más importante para establecer si los vicios denunciados tienen o no sustento jurídico. Además, se estima que los razonamientos expresados por la sala de apelaciones explican y dan a conocer a los procesados las razones por las que fueron condenados, advirtiendo que ese fue su reclamo…”